Medidas urgentes contra el coronavirus: las bajas por incapacidad temporal derivadas del coronavirus (COVD-19) se asimilan a accidente de trabajo y otras medidas de carácter económico.
Hoy se ha publicado el Real Decreto Ley 6/2020, donde se aprueban el siguiente conjunto de medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública:
Medidas que afectan al ámbito social y sanitario:
- Consideración de asimilada a accidente de trabajo las bajas originadas por el coronavirus:
Con el fin de garantizar la protección social de los trabajadores por cuenta ajena o propia que causen baja por aislamiento y enfermedad, así como evitar la propagación de la misma, se incluye que los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras tendrán la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de prestación económica por incapacidad temporal de Seguridad Social.
- Garantía de abastecimiento de medicamentos:
La Administración Sanitaria del Estado podrá establecer el suministro centralizado de medicamentos por la Administración, tal y como permite la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
Medidas de índole económica:
- Se amplía el plazo de suspensión de lanzamientos hasta 4 años más (Mayo 2024) que afectan a personas en situación de vulnerabilidad ya previsto en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y, además, se actualiza el concepto de “colectivo vulnerable” ampliando los posibles beneficiarios.
- Se complementa de manera urgente el régimen jurídico de SAREB, mediante la modificación de la disp. adicional 7ª de la Ley 19/2012 a los efectos de la no aplicación del art. 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital, con el fin de que esta sociedad lleve a su fundamental labor liquidataria.
- Se modifica la Disp. Adicional 4ª del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, permitiendo ampliar el tipo de entidades financieras ya constituidas que pueden solicitar su transformación en bancos con el objeto de mejorar la competitividad de nuestro sistema financiero.