NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO – LEY 9/2015, DE 10 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA POR LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y OTRAS MEDIDAS DE CARÁCTER ECONÓMICO.
RESUMEN DE LA NORMA
El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 10 de julio, ha dado luz verde al Real Decreto-ley 9/2015, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, publicado en el BOE de 11 de julio y en vigor desde el día siguiente a su publicación.
Las novedades introducidas en el ámbito fiscal son las siguientes:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
- Nueva escala general estatal y del ahorro
Con efectos desde uno de enero de 2015 se aprueba una nueva escala general estatal y del ahorro en la que se reducen los marginales correspondientes a cada tramos en medio punto.
- Nuevos tipos de retención
- Trabajadores por cuenta ajena
Se aprueba una nueva escala de retención que se tendrá en cuenta para los rendimientos que se satisfagan a partir de uno de agosto de 2015, si bien esta escala se podrá aplicar desde la fecha de entrada en vigor de la norma.
- Resto de rentas
En el siguiente cuadro se muestran los principales cambios en los tipos de retención:
TIPO DE RENTA | HASTA 12/07/15 | DESDE 12/07/15 | |
TRABAJO | Consejeros y administradores (entidades INCN <100.000 euros) | 20% | 19,5% |
Cursos, conferencias, seminarios | 19% | 15% | |
Obras literarias, artísticas o científicas | 19% | 15% | |
ACTIVIDADES PROFESIONALES | General | 19% | 15% |
Determ. Activ. (recaudadores municipales, mediadores de seguros, etc.) | 9% | 7% | |
Nuevo inicio | 9% | 7% | |
Si Ren. Integro < 15.000 | 15% | Suprimido | |
GANANCIAS PATRIMONIALES | Premios | 20% | 19,5% |
Aprovechamientos forestales | 20% | 19,5% | |
IICC | 20% | 19,5% | |
CAPITAL MOBILIARIO | Participación en FFPP | 20% | 19,5% |
Cesión a terceros de capitales | 20% | 19,5% | |
Seguros | 20% | 19,5% | |
Propiedad intelectual | 20% | 19,5% | |
Arrend./subarr. bienes muebles | 20% | 19,5% | |
CAPITAL INMOBILIARIO | Arrend./subarr. bienes inmuebles | 20% | 19,5% |
- Otras novedades
- Se declaran exentas las ayudas públicas concedidas por las Comunidades Autónomas o entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, etc. con determinados requisitos.
- Se declaran igualmente exentas las ayudas percibidas para compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Se rebaja el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable del 20% al 19,5%.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESDIENTES
Se rebaja el tipo de gravamen previsto en los siguientes artículos de la LIRNR al 19,5%:
- 19.2: Cuantías transferidas con cargo a las rentas del establecimiento permanente.
- 25.1.a): Residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- 25.1.f): Dividendos, intereses y ganancias y pérdidas patrimoniales