RENTAS OBTENIDAS POR ABOGADOS EN LITIGIOS DE MAS DE DOS AÑOS

Rentas Obtenidas por Abogados en Litigios de Más de Dos años. Posibilidad de Aplicarles Reducciones Fiscales

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, en su Sentencia 429/2018 del pasado 19 de marzo de 2018 entiende que los ingresos obtenidos por un abogado, en el ejercicio de su profesión, por su actuación de defensa procesal en un litigio cuya duración se haya extendido más de dos años, cuando se perciban de una sola vez o en varias veces en el mismo ejercicio, se consideran generados en un periodo superior a dos años a los efectos de acogerse a la reducción de los rendimientos netos prevista al efecto en el art. 32.1 párrafo primero, de la Ley el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La interpretación de la excepción legal excluyente de la reducción en caso de que los rendimientos procedan del ejercicio de la actividad económica que de forma regular o habitual obtenga ingresos de dicha naturaleza, ha de hacerse por referencia a los ingresos obtenidos por el sujeto pasivo y no atendiendo a lo que, real o supuestamente, sean las características del sector o profesión.