Lucha contra la precariedad laboral

Medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Con fecha 12 de Marzo de 2019 se publica en el BOE el R.D. Ley 8/2019, de 8 de Marzo, donde definen unas series de medidas de carácter social y control de jornada de trabajo contra la precariedad laboral que a continuación pasamos a enumerar.

Medidas de Protección Social contra la precariedad laboral:

1.- Se recupera la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 52 años vigente hasta el año 2012:

  • Se reduce la edad de acceso de 55 a 52 años.
  • Se percibirá hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
  • Se elimina de la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.
  • Se incrementa de la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación del 100% al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
  • Se eliminan los porcentajes aplicables a la cuantía de subsidio cuando proviene de un trabajo a tiempo parcial.

Entrada en vigor: 13 de Marzo de 2019, salvo el apartado de cotización que entrará en vigor el 1 de Abril de 2019.

 

2.- Se incrementa la asignación económica por hijo a cargo de 291€ a 341€ o 588€ en los casos en los que los ingresos del hogar sean inferiores a una escala de pobreza más severa (intervalo de ingresos desde 4.679,99€ o menos, hasta 10.439,99€).

Entrada en vigor: 1 de Abril de 2019.

 

3.- Se incrementa la cuantía mínima de la pensión contributiva de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años con efectos 1 de Enero de 2019.

Entrada en vigor: 13 de Marzo de 2019.

 

4.- Se aplica una reducción del 14,6% a las cotizaciones durante el periodo de inactividad que efectúen los trabajadores agrarios que hubiesen realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en año 2018.

Entrada en vigor: 13 de Marzo de 2019.

 

5.- Se amplía el plazo para la solicitud de mantenimiento de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los artistas en espectáculos públicos durante sus periodos de inactividad.

Entrada en vigor: 13 de Marzo de 2019.

 

Medidas de Fomento del empleo contra la precariedad laboral:

1.- Bonificación de la cuota empresarial por contingencias comunes en caso conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos fijos o fijos discontinuos. La cuantía de la bonificación dependerá del encuadramiento del trabajador y de la modalidad de cotización.

Entrada en vigor: 1 de Abril de 2019.

 

2.- Bonificación de la cuota empresarial  por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración (inscritas como demandantes de empleo durante al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación) con compromiso de mantenimiento del contrato durante 3 años y mantenimiento de empleo de la empresa durante 2 años: 1.300€/año (1.500€/año, en caso de mujer) durante 3 años.

Entrada en vigor: 1 de Abril de 2019.

 

3.-  Se extiende durante el 2019 la bonificación (50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes) para las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería vinculadas al sector turismo, que inicien o mantengan en alta durante los meses Febrero, Marzo y Noviembre la ocupación de los trabajadores fijos discontinuos.

Entrada en vigor: 1 de Enero de 2019.

 

Medidas de lucha contra la precariedad laboral:

Jornada de trabajo:

Para luchar contra la precariedad laboral, las empresas deben garantizar el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta a los representantes de los trabajadores, se organizará y documentará este registro de jornada.

Los registros deberán conservarse durante 4 años y deberán permanecer a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El incumplimiento del registro de la jornada es constitutivo de infracción grave sancionable con una multa económica mínima de 626€ y máxima de 6.250€.

Finalmente, se habilita al Gobierno a establecer especialidades en las obligaciones de registro de jornada para aquellos sectores, trabajos y categorías profesionales que lo requieran por sus peculiaridades.

Entrada en vigor: 12 de mayo de 2019.

Otras medidas contra la precariedad laboral:

1. Constitución grupo de experto/as para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores con anterioridad al 30 de junio de 2019.

2.Se extiende el campo de aplicación de las medidas previstas para beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil a los jóvenes menores de 30 años.

Entrada en vigor: 13 de Marzo de 2019.

3. Dotación del Fondo Estatal para la Integración de los Inmigrantes: 70 millones de euros para el ejercicio 2019.

4. Se define el sistema de pago de cuotas de los autónomos con cargo a las cuotas de cese de actividad a partir de los 61 días del inicio la situación de Incapacidad Temporal que entró en vigor el pasado 1 de Enero de 2019 con la publicación del RD Ley 28/2018, de 28 de Diciembre.