Con efectos desde el día 21 de octubre de 2015 y mediante La Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se ha aumentado la exención de aportar garantías a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas ante la Agencia Tributaria, cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros (antes 18.000 euros) y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago, sin perjuicio, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de presentación de la solicitud.